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Corte confirma condenas a célula del Tren de Aragua por secuestro, trata y tráfico de migrantes

El tribunal de alzada rechazó los recursos de nulidad presentados por las defensas y ratificó íntegramente la sentencia dictada en 2025, tras validar la valoración de pruebas y descartar vulneraciones procesales.


La Corte de Apelaciones de Iquique resolvió este martes rechazar los recursos de nulidad interpuestos por las defensas de ocho condenados vinculados al Tren de Aragua, confirmando la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de la ciudad.

Los delitos acreditados incluyen asociación ilícita, secuestro, trata de personas con fines de explotación sexual y tráfico de migrantes, cometidos entre 2021 y 2022 en el norte del país.


Corte descarta irregularidades y valida proceso judicial

El fallo fue adoptado de manera unánime por la Primera Sala del tribunal de alzada, que concluyó que no existieron infracciones legales durante el proceso.

En su resolución, la Corte sostuvo que el recurso de nulidad es de “derecho estricto”, lo que limita su revisión a aspectos jurídicos y no a los hechos ya establecidos en el juicio. En ese marco, descartó las alegaciones de las defensas sobre falta de imparcialidad y vulneración del derecho a defensa.


Pruebas clave acreditan estructura criminal organizada

Respecto de los recursos presentados por las defensas de Carlos González Vaca y Zeus Lenyers Velásquez, la Corte indicó que no existen antecedentes que acrediten desatención por parte de los jueces, destacando que la sentencia contiene una revisión “acuciosa” de la prueba.

En cuanto a Daniel Azuaje y Juan Trejo, el fallo resalta que el tribunal de primera instancia detalló evidencia como interceptaciones telefónicas y registros de celulares, los que permitieron establecer una estructura jerárquica y coordinación constante dentro de la organización.

Sobre Juan Blanco Berroterán, se rechazaron los argumentos vinculados a la incorporación de transcripciones de audios sin reproducción en juicio, así como la recalificación de su participación en el delito de secuestro, concluyendo que su intervención fue directa.


Tribunal confirma participación de imputados en delitos graves

También se descartaron los recursos de Karialex González Marrero y Luisa Moreno Rodríguez, señalando que ambas cumplían funciones específicas dentro de la estructura criminal, incluyendo labores de coordinación, control y recaudación asociadas a la explotación sexual.

En el caso de Harol Rangel Villa, la Corte validó la identificación realizada por la víctima junto con otros antecedentes, como registros telefónicos, que respaldan su participación en la organización.


Sentencia queda firme tras rechazo de nulidades

El tribunal concluyó que la sentencia original cumple con los requisitos legales, señalando que la prueba fue valorada “más allá de toda duda razonable”.

De esta manera, la Corte de Apelaciones de Iquique resolvió rechazar la totalidad de los recursos de nulidad, dejando firmes las condenas dictadas en julio de 2025 contra los integrantes de esta célula del Tren de Aragua.

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