A los 56 decretos de reducción de penas por delitos sexuales contra menores se suman otros tres beneficios por delitos graves, incluidos secuestro calificado y tortura. Dos de los casos corresponden a condenados recluidos en Punta Peuco, según antecedentes publicados por El Mostrador.
La controversia por las rebajas de condenas otorgadas por vía administrativa durante el actual Gobierno sumó nuevos antecedentes. A los 56 decretos relacionados con delitos sexuales contra menores se agregan otras tres reducciones de penas por delitos de extrema gravedad, entre ellos secuestro calificado y tortura.
De acuerdo con una investigación de El Mostrador, dos de estos nuevos casos corresponden a personas condenadas que se encuentran recluidas en el Centro de Detención Preventiva de Til Til, conocido como Punta Peuco. El recinto alberga a exintegrantes de las Fuerzas Armadas y de Orden condenados por delitos vinculados a violaciones de derechos humanos.
Los antecedentes amplían el alcance de la polémica sobre las decisiones del Ministerio de Justicia y abren nuevas interrogantes sobre los fundamentos jurídicos de los beneficios, el procedimiento administrativo utilizado y las responsabilidades de las autoridades que participaron en su tramitación.
56 rebajas por delitos sexuales y tres nuevos decretos
La investigación periodística que dio origen a la controversia identificó 56 decretos de reducción de condenas dictados entre el 11 de marzo y el 13 de septiembre de 2026.
Según esos antecedentes, 27 decretos correspondieron a condenas por abuso sexual contra menores y otros 29 a delitos de violación. La publicación también señaló que solo una solicitud habría sido rechazada entre las examinadas durante el período.
Sin embargo, los nuevos antecedentes revelados por El Mostrador indican que las reducciones de penas no se limitarían a los delitos de connotación sexual. A los 56 casos se sumarían tres decretos exentos relacionados con delitos graves, dos de ellos vinculados a condenados recluidos en Punta Peuco.
Uno de estos beneficios correspondería a una persona condenada por secuestro calificado y otro a un condenado por tortura. Un tercer caso involucraría a una persona recluida en otro recinto penitenciario, también condenada por un delito de extrema gravedad.
La información disponible no detalla en este antecedente todos los fundamentos particulares de cada decreto, por lo que resulta necesario revisar las resoluciones para establecer las circunstancias y los criterios aplicados en cada caso.
Fernando Rabat defendió el procedimiento
El ministro de Justicia, Fernando Rabat, sostuvo que las decisiones se adoptaron considerando la doctrina de la Corte Suprema en recursos de amparo relacionados con solicitudes de reducción de condenas.
“Lo que se hizo fue precisamente recoger la doctrina de la Corte Suprema en decenas de recursos de amparo”, afirmó el secretario de Estado, según los antecedentes publicados.
La explicación abrió un debate jurídico y político sobre el alcance de esa interpretación. La existencia de pronunciamientos judiciales en casos anteriores no implica, por sí sola, que todas las solicitudes deban resolverse de la misma manera: cada caso requiere examinar sus antecedentes, la normativa aplicable y los fundamentos de la resolución correspondiente.
En marzo de 2026, según la información citada en la controversia, la Corte Suprema rechazó un recurso de amparo presentado por un condenado por delitos sexuales contra menores. Ese antecedente se ha incorporado al debate sobre los criterios utilizados para conceder los beneficios.
La polémica también escaló en el Congreso, donde se anunciaron gestiones para solicitar explicaciones al ministro, junto con sesiones especiales y la posibilidad de impulsar una comisión investigadora.
Derechos humanos y protección de la niñez
La Defensoría de la Niñez manifestó preocupación por los antecedentes. Su titular, Anuar Quesille, señaló que la situación requiere una explicación clara del Ministerio de Justicia, considerando el deber del Estado de proteger y reparar a las víctimas de abusos contra menores.
Desde otra perspectiva, el director ejecutivo de Amnistía Internacional Chile, Rodrigo Bustos, advirtió sobre las posibles consecuencias internacionales de una eventual reducción de penas en casos de delitos sexuales y crímenes de lesa humanidad.
“Si efectivamente se rebaja la pena no solo en caso por personas condenados por delitos sexuales, sino también en caso de criminales de lesa humanidad, sería bastante grave por parte de este Gobierno porque vulneraría las obligaciones internacionales de derechos humanos que tiene el Estado de Chile en materia de justicia respecto a este tipo de crímenes”, señaló Bustos a El Mostrador.
La declaración plantea un punto central del debate: determinar si los decretos se ajustan a la legislación nacional y a las obligaciones internacionales asumidas por Chile, especialmente cuando se trata de delitos graves y violaciones de derechos humanos.
Por ahora, los antecedentes divulgados amplían el número y la naturaleza de los casos bajo escrutinio público. La revisión de los decretos, sus fundamentos y los criterios aplicados será clave para establecer el alcance de las decisiones y evaluar las explicaciones entregadas por el Ministerio de Justicia.

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