Casi medio siglo después de haber sido detenido junto a sus abuelos por agentes de la DINA cuando tenía nueve años, Eduardo Araya obtuvo un nuevo reconocimiento judicial. El fallo no solo fija una indemnización: vuelve a abrir la pregunta sobre cuánto vale una infancia quebrada por la violencia estatal.
Casi cincuenta años después de una noche que marcó su vida para siempre, Eduardo Abdón Araya Rojas logró un nuevo fallo judicial en una causa emblemática sobre violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la dictadura militar.
En decisión unánime, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó al Fisco pagar $120 millones por daño moral, reconociendo la responsabilidad del Estado por su detención siendo niño y por las consecuencias derivadas de la desaparición forzada de sus abuelos.
El caso trasciende una indemnización económica.
Es el reconocimiento judicial del daño sufrido por un niño que sobrevivió a la represión estatal y cargó durante décadas con sus secuelas.
Una noche de 1976 que nunca terminó
Los hechos se remontan al 2 de abril de 1976, cuando agentes de la DINA irrumpieron en una vivienda de Quintero y detuvieron a toda la familia presente.
Eduardo Araya tenía nueve años.
Fue trasladado junto a sus primos y sus abuelos —el exdiputado comunista Bernardo Araya Zuleta y María Olga Flores Barraza— al centro clandestino conocido como Cuartel Venecia, en la comuna de Independencia.
Tres días después, los niños fueron abandonados cerca de su domicilio.
Sus abuelos nunca regresaron.
Según el Informe Rettig y posteriores sentencias penales, ambos fueron víctimas de desaparición forzada a manos de agentes del Estado.
Pero la causa civil no se limitó a reconstruir ese crimen.
El juicio se concentró también en lo que ocurrió después.
La demanda por una infancia quebrada
Representado por el abogado de derechos humanos Nelson Caucoto, Araya demandó al Estado por daño moral, argumentando que fue víctima directa de prisión política y tortura —reconocido por la Comisión Valech II— y que la desaparición de sus abuelos provocó un daño permanente en su vida.
El expediente judicial reconstruyó una historia marcada por:
- interrupción escolar,
- abandono familiar,
- precariedad económica,
- trabajo infantil,
- exilio,
- secuelas psicológicas persistentes.
Un informe del programa PRAIS incorporado al proceso describió un cuadro de “trauma complejo, crónico y no resuelto”, además de daño transgeneracional asociado a la violencia sufrida durante la infancia.
Para el tribunal, ese elemento resultó decisivo.
No se discutía únicamente una detención ilegal ocurrida hace décadas, sino el impacto vital prolongado de la violencia estatal.
El debate judicial con el Estado
En su defensa, el Fisco sostuvo que Araya ya había recibido beneficios reparatorios derivados de las leyes Valech y Rettig, planteó excepciones de prescripción y cuestionó el monto solicitado.
La discusión jurídica volvió a instalar un debate recurrente en causas de derechos humanos:
si las reparaciones administrativas del Estado impiden nuevas demandas civiles.
La Corte rechazó ese argumento.
El fallo estableció que las pensiones y beneficios estatales no constituyen una reparación integral frente a crímenes de lesa humanidad, reconociendo la responsabilidad indemnizatoria del Estado.
Un fallo con alcance histórico y simbólico
Aunque el monto fijado —$120 millones— es inferior a los $600 millones demandados inicialmente, la sentencia tiene relevancia jurídica y política.
El fallo:
- reafirma la responsabilidad estatal en violaciones graves a los derechos humanos,
- reconoce el daño sufrido por una víctima que era niño al momento de los hechos,
- visibiliza las secuelas prolongadas del terrorismo de Estado en familiares y sobrevivientes.
El caso de Eduardo Araya posee una dimensión particular.
No litigó solo como familiar de detenidos desaparecidos.
Litigó también como sobreviviente.
Una causa abierta desde hace casi medio siglo
La historia judicial vinculada a la desaparición de Bernardo Araya se extiende por décadas: investigaciones penales, condenas judiciales y reconocimientos en informes oficiales de verdad.
Sin embargo, persiste un hecho que atraviesa toda la causa.
Los abuelos de Eduardo Araya continúan desaparecidos.
No existen restos.
No hay destino conocido.
No hay cierre definitivo.
Por eso, este fallo no aparece como el final de la historia, sino como un nuevo capítulo en una búsqueda iniciada hace casi cincuenta años.
Hoy, al menos, existe un reconocimiento judicial explícito:
el daño existió,
el daño persiste,
y el Estado debe responder por él.

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