Operación Topógrafo: condenan a exjuez Juan Antonio Poblete y al general (r) Schafik Nazal por interceptaciones telefónicas ilegales

El Séptimo Juzgado de Garantía dictó penas de cinco años de libertad vigilada tras un procedimiento abreviado. La Fiscalía destacó que el fallo marca un precedente en el uso indebido de la Ley de Inteligencia por parte de agentes del Estado.


El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago condenó a cinco años de libertad vigilada al exministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Juan Antonio Poblete Méndez, y al exdirector de Inteligencia del Ejército, Schafik Nazal Lázaro, por su participación en la denominada Operación Topógrafo, causa relacionada con interceptaciones telefónicas ilegales.

La sentencia fue dictada en el marco de un procedimiento abreviado, luego de que todas las partes intervinientes alcanzaran un acuerdo para evitar la realización de un juicio oral.

Procedimiento abreviado permitió dictar la condena

La información fue confirmada por la fiscal Ximena Chong, quien explicó que el acuerdo fue suscrito por el Ministerio Público, el Consejo de Defensa del Estado, el Instituto Nacional de Derechos Humanos, las defensas y los representantes de las víctimas.

Con ello, el tribunal dictó penas de cinco años de presidio, las que serán cumplidas bajo el régimen de libertad vigilada intensiva, conforme a lo establecido en la resolución judicial.

Fiscalía acreditó interceptaciones telefónicas ilegales

De acuerdo con la investigación, la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE) realizó al menos 15 interceptaciones telefónicas ilegales, utilizando de forma indebida las facultades contempladas en la Ley de Inteligencia.

La Fiscalía sostuvo que las autorizaciones judiciales fueron obtenidas mediante la presentación de antecedentes falsos ante el ministro de Corte encargado de autorizar este tipo de diligencias.

Según la acusación, Schafik Nazal solicitaba las interceptaciones sobre la base de información falsa, mientras que Juan Antonio Poblete autorizaba dichas medidas con conocimiento de las irregularidades, permitiendo que las compañías telefónicas ejecutaran las escuchas.

Periodistas y denunciantes estuvieron entre las víctimas

Entre las personas afectadas por las interceptaciones ilegales figura el periodista Mauricio Weibel, además del exoficial del Ejército Rafael Harvey, quien había denunciado presuntas irregularidades al interior de la institución.

La investigación concluyó que las intervenciones telefónicas se realizaron sin cumplir los requisitos legales exigidos para este tipo de medidas intrusivas, vulnerando derechos fundamentales de las víctimas.

Fiscalía destaca el precedente del fallo

Tras conocerse la sentencia, la fiscal Ximena Chong valoró la resolución y destacó su relevancia institucional.

La persecutora sostuvo que el fallo resulta satisfactorio tanto para el Ministerio Público como para las víctimas, al establecer responsabilidades penales por el uso indebido de herramientas de inteligencia reservadas para materias de seguridad nacional.

Asimismo, afirmó que se trata de uno de los primeros fallos condenatorios contra agentes del Estado por la utilización irregular de las facultades previstas en la Ley de Inteligencia para ordenar interceptaciones telefónicas ilegales.

Para la Fiscalía, la sentencia constituye un precedente relevante en la protección de los derechos fundamentales y en el control judicial del uso de mecanismos de inteligencia por parte de organismos públicos.

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