La Corte Suprema ratificó la cancelación de matrícula de un estudiante de enseñanza básica en Curanilahue, tras una serie de conductas graves registradas durante el año escolar. El máximo tribunal rechazó el recurso presentado por la madre del menor y validó el procedimiento aplicado por el establecimiento.
La Corte Suprema confirmó la cancelación de matrícula de un estudiante de enseñanza básica de la comuna de Curanilahue, en la Región del Biobío, luego de que el establecimiento acreditara un historial de 42 anotaciones negativas y diversas conductas calificadas como graves durante el año escolar.
La resolución del máximo tribunal rechazó la apelación presentada por la madre del alumno, quien buscaba revertir la medida disciplinaria argumentando que su hijo presentaba antecedentes médicos y que no había sido incorporado al Programa de Integración Escolar (PIE).
Conductas graves motivaron la medida disciplinaria
De acuerdo con los antecedentes del caso, la decisión del establecimiento se basó en reiterados episodios que comprometieron la seguridad y la convivencia escolar.
Entre ellos se encuentran el porte de armas blancas en al menos dos oportunidades, la agresión a un compañero que terminó lesionado, además del uso de lenguaje obsceno y gestos de connotación sexual dirigidos tanto a docentes como a compañeras del establecimiento.
Según el colegio, estas conductas fueron registradas durante el año escolar mediante las anotaciones correspondientes y se aplicaron los protocolos establecidos en el reglamento interno antes de adoptar la cancelación de matrícula.
Corte Suprema respalda el procedimiento del colegio
La madre del estudiante recurrió a la justicia sosteniendo que existían factores médicos que debían ser considerados y que el menor no había recibido el apoyo del Programa de Integración Escolar.
Sin embargo, la Corte Suprema confirmó lo resuelto previamente por la Corte de Apelaciones de Concepción, concluyendo que el procedimiento disciplinario se ajustó a la normativa vigente y respetó las garantías correspondientes.
El abogado del establecimiento educacional, Víctor Alarcón, valoró la decisión del máximo tribunal y afirmó que el fallo confirma que el colegio actuó conforme al principio de legalidad.
«Da cuenta de que el establecimiento siempre se sujetó estrictamente al principio de legalidad del procedimiento que nos rige», señaló.
Superintendencia de Educación también respaldó la decisión
Durante la tramitación del caso, la Superintendencia de Educación revisó el procedimiento aplicado por el establecimiento y concluyó que no existieron irregularidades en el proceso sancionatorio.
El organismo determinó que el colegio implementó las medidas de acompañamiento contempladas en la normativa antes de resolver la cancelación de matrícula, respaldando así la actuación del establecimiento educacional.
Con este fallo, la Corte Suprema deja firme la decisión adoptada por el colegio de Curanilahue, reforzando la facultad de los establecimientos para aplicar sanciones cuando se acreditan conductas graves, siempre que se respeten los procedimientos establecidos por la legislación y los reglamentos internos.

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